El Gobierno estaría ultimando un Real Decreto por el que la velocidad máxima en las ciudades se reducirá de 50 a 30 km/h con el objetivo de reducir los accidentes. Así lo ha anunciado la Dirección General de Tráfico a través de Susana Gómez, subdirectora adjunta de Vehículos de la DGT.

Este nuevo límite urbano se va establecer a través de un Real Decreto que ultima el Gobierno y que pretende regular con carácter supramunicipal la movilidad en las ciudades y poner orden en la congestión que sufren las zonas denominadas DUM o de descarga urbana de mercancías.

La DGT, que valora incluso llegar a limitar la velocidad en las urbes a 20 km/h como sucede en otros países, quiere reducir el aumento de la siniestralidad causado por las furgonetas de reparto en las ciudades españolas que, según sus datos, ha aumentado en un 69%.

La DGT está preocupada ante el incremento de la siniestralidad provocada por las furgonetas de reparto

Reducir la siniestralidad

Susana Gómez ha asegurado que hay que hacer «algo» para reducir la siniestralidad que conlleva el reparto cada vez mayor de mercancías en la ciudad.

Uno de los objetivos de Tráfico es «contribuir a la pacificación de las ciudades poniendo al peatón como protagonista»

«Con 8.000 ayuntamientos en España y la gran heterogeneidad de regulaciones, se causa un enorme prejuicio al operador. Si a eso unimos la mayor presión de entregas domiciliarias por el Covid-19 y el incremento del comercio electrónico, urge regular el reparto de mercancías si queremos ciudades competitivas», ha explicado Susana Gómez.

«Convivir con patinetes, bicicletas, motos y scooters, que ya son considerados vehículos de reparto, no es fácil, la logística de última milla (trayecto que ha de realizarse en la entrega final) ha pasado a ser del máximo interés para la DGT», ha indicado, añadiendo que es uno de los objetivos de Tráfico para «contribuir a la pacificación de las ciudades poniendo al peatón como protagonista«.

Legislación para el reparto

El Real Decreto también incorporará la catalogación de los vehículos de movilidad personal que pueden destinarse al servicio de reparto de última milla con masas de hasta 350 kilos.

Con la correspondiente catalogación, los fabricantes proporcionarán a los vehículos un certificado de cumplimiento de las características técnicas exigidas por la DGT y tendrá que pasar por un laboratorio oficial que lo certifique. Solo de esta manera el vehículo podrá ser registrado tanto en la DGT como en el ayuntamiento.

Fuente: El Confidencial

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