• Se aumentarán los controles de velocidad, principalmente en carreteras convencionales.
  • En el 22% de los accidentes mortales se apreció la velocidad como un factor concurrente, solo por detrás de las distracciones y por delante del alcohol.
  • Organismos internacionales aconsejan que los límites de velocidad se establezcan considerando las fuerzas que el cuerpo humano puede tolerar.
  • A partir de 2022, los vehículos comercializados en Europa llevarán incorporado un limitador inteligente de velocidad. 

La Dirección General de Tráfico pone en marcha desde hoy y hasta el domingo 18 de agosto una nueva campaña de velocidad en la que se vigilará y controlará el cumplimiento de los límites de velocidad con el objetivo de reducir la accidentalidad y las consecuencias derivadas de los mismos.

Esta campaña de vigilancia se produce en una semana en la que hay un festivo a nivel nacional, el jueves 15 de agosto, que genera un puente de cuatro días y multitud de desplazamientos de corto recorrido por carreteras convencionales para acudir a las fiestas patronales que se celebran en numerosos pueblos repartidos por toda la geografía.

En 2018 (último año con datos consolidados) la velocidad fue el segundo factor concurrentes en los accidentes mortales, concretamente, el 22%, solo por detrás de la conducción distraída y por delante del alcohol.

Según el estudio “Velocidad y riesgo de accidente” realizado por International Transport Forum (ITF) El exceso de velocidad es el principal problema que tienen los países motorizados. Una estimación realizada para Noruega muestra que si todos los conductores condujeran por debajo de los límites de velocidad, el número de muertes se reduciría en un 20% (Elvik 2011)

Como suele ser habitual, la DGT ha invitado a los ayuntamientos a sumarse a la misma de modo que también en las vías urbanas se realice esta labor de concienciación y control de la velocidad, teniendo en cuenta que en las ciudades, los peatones son los usuarios que más fallecidos registran y la velocidad la principal causa de ellos.

Los controles se centrarán en aquellos tramos de riesgo asociado a la velocidad, así como en aquellos puntos donde la circulación se realiza por encima del límite establecido y existe un elevado índice de siniestralidad. Además, atendiendo al carácter preventivo de la campaña, se anunciará a los conductores la existencia de controles a través de los paneles de mensaje variable o con señalización vertical circunstancial, cuando la vía no disponga de dichos paneles

EL SISTEMA SEGURO

Las políticas de seguridad vial en la Unión Europea están basadas en el enfoque de Visión Cero y en el Sistema Seguro. Ambos sistemas están recogidos en la Estrategia de Seguridad Vial 2011-2020 de la DGT. El Sistema Seguro reconocido por organismos Internacionales como la Organización Mundial de la Salud y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, acepta que el ser humano comete errores y busca evitar que estos errores provoquen muertes o lesiones graves.

Siguiendo este planteamiento, los organismos internacionales aconsejan que los límites de velocidad se establezcan considerando las fuerzas que el cuerpo humano puede tolerar, que en el caso del ámbito urbano no debería ser superior a los 30km/h al convivir en el mismo espacio usuarios vulnerables con vehículos motorizados. En las áreas con intersecciones y alto riesgo de colisiones laterales la velocidad apropiada sería de 50 km/h y en las carreteras convencionales sin separación física de carriles y para reducir el riesgo de colisiones frontales el límite apropiado debería ser de 70 km/h.

Aproximándose a este Sistema Seguro, la DGT unificó la velocidad genérica en las carreteras convencionales y desde el 29 de enero el límite de velocidad genérico en estas vías es de 90 km/h. En estas carreteras son  donde se produjeron el 75% de los accidentes mortales el pasado año, de los cuales el 38% fueron salidas de vía y el 27% colisiones frontales.

Por lo que respecta a los vehículos, la Unión Europea ha dado un paso adelante al obligar a que todos los vehículos nuevos comercializados en Europa a partir de 2022 incorporen entre otros sistemas de ayuda a la conducción, el limitador inteligente de velocidad ISA que funciona conectado al GPS y dotado de una cámara que lee las señales viales, advierte al conductor cuando éste supera los límites legales.

 

EXCESOS DE VELOCIDAD QUE PUEDEN LLEVAR A LA CÁRCEL

 

La normativa de Tráfico recoge que la velocidad genérica máxima para turismos y motos en autopistas y autovías es de 120 km/h; en carreteras secundarias, de 90 km/h y en vías urbanas de 50 km/h.

Por tanto, y teniendo en cuenta estas velocidades,  los conductores que las incumplan estarán cometiendo una infracción grave o muy grave, sancionada con multa de 100 a 600 euros y la pérdida de entre 2 y 6 puntos, dependiendo del exceso de velocidad cometido.

 

En el caso de que el exceso de velocidad fuera superior en 60 km/h en vía urbana o en 80km/h en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, el Código Penal lo tipifica como delito y es castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

 

INFRACCIÓN TRANSFRONTERIZA

Teniendo en cuenta, que el exceso de velocidad es un factor concurrente en la accidentabilidad en todos los países, la Unión Europea incluyó dentro de la Directiva Transfronteriza la velocidad, como una de las ocho infracciones a perseguir. Es decir, que cualquier conductor de la UE que supere los límites establecidos en el país por donde circule es denunciado, independiente del país de origen, y recibirá en su domicilio el correspondiente expediente sancionador.

En España, según datos recogidos por el Observatorio Nacional de Seguridad Vial, se estima que en torno al 3% de los accidentes con víctimas en vías interurbanas están involucrados vehículos no matriculados en España. En 2018, la DGT tramitó 170.475 denuncias por exceso de velocidad sin parada del conductor con matrícula de otros estados de la UE, lo que supone el 7,3% del total de este tipo de denuncias.

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