- Con la popularización de formas de movilidad más sostenibles, también surgen dudas con respecto a las inspecciones técnicas que se le deben realizar a dichos vehículos
- Desde AECA-ITV recuerdan que sin importar el tipo de motor que tenga, los turismos que no sean de servicio público deben pasar su primera inspección a los 4 años de matricularse
El mercado de vehículos eléctricos, híbridos y de gas sigue creciendo año tras año en el país. Tan sólo en el mes de septiembre, se matricularon 25.213 unidades de este tipo, un 36,6% más que en el mismo periodo del año pasado. Pero con el aumento de estas nuevas formas de movilidad, también llegan dudas con respecto al mantenimiento y control que se debe seguir con este tipo de vehículos, especialmente en lo referente a la ITV.
Por ello, la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos AECA-ITV ha elaborado una guía para responder las principales preguntas que puedan surgir al respecto.
- ¿Cuándo debo pasar la primera ITV?
Sin importar el tipo de motor (combustión, eléctrico o híbrido), todos los turismos que no sean de servicio público, deben pasar la primera inspección a los 4 años desde la fecha de la primera matriculación. Desde ese momento, deben hacerlo cada dos años hasta cumplir 10. A partir de los 10 años de antigüedad, la inspección debe realizarse cada año.
- ¿El procedimiento de inspección es el mismo?
Aunque la gran mayoría de las pruebas que se realizan en las estaciones de ITV son las mismas para todos los vehículos, hay algunas cosas que cambian si el coche no es de combustión. Todos deberán pasar la comprobación de la carrocería, luces, neumáticos, suspensiones, frenos; sin embargo, los eléctricos no tendrán que pasar la prueba de emisiones. Por su parte, para los híbridos y a gas la situación es distinta.
La normativa vigente no contempla diferencias en las inspecciones a vehículos híbridos, por lo que deben someterse a la prueba de emisiones como si fueran de combustión. La única diferencia es que, dado que con el coche a ralentí el motor que funciona en este tipo de vehículos es el eléctrico, se hace necesario aplicar los protocolos del fabricante para arrancar el vehículo con el motor de combustión y poder así medir las emisiones.
Por su parte, de acuerdo con el Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones de ITV, a los vehículos alimentados con GLP y GNC se les debe realizar una revisión visual para comprobar el buen estado del depósito y su fijación; así como comprobar que no tiene fugas. Además, deberán llevar a la inspección un certificado de la marca que haga constar que el depósito de gas es el original; se trata de un documento que expide el concesionario. También se deberá entregar una certificación previa por una empresa homologada, consistente en revisar diversos aspectos del tanque, tales como la estanqueidad, fijación, buen estado y buen funcionamiento del dispositivo de descarga de sobrepresión.
- ¿La ITV tiene las mismas tarifas para todo tipo de vehículos?
Aunque las tarifas varían dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre la estación de ITV y el tipo de régimen en el que se preste el servicio, lo cierto es que en algunos casos sí hay diferencia en las tarifas dependiendo del tipo de motor que tenga el vehículo. Lo normal es que el coste de la inspección técnica para vehículos eléctricos sea más económica que para el resto de vehículos, aunque dicha diferencia puede ser, en algunos casos, mínima.